viernes, 14 de septiembre de 2012

Una nueva sentencia condena la explotación ilegal de variedades protegidas de cereal

14/9/2012

Nota de GESLIVE

El responsable de una empresa vallisoletana dedicada al comercio del cereal, ha sido condenado por el Juzgado de lo Penal número 3, de Valladolid, por la reproducción, producción, acondicionamiento y comercialización no autorizada de material de reproducción de las variedades vegetales de cebada "VOLLEY", "BLANCHE", "HISPANIC" y de trigo blando "APACHE".

La entidad camuflaba la comercialización de partidas de grano para siembra de las citadas variedades entre los agricultores de la zona, junto con el comercio de grano para la fabricación de piensos. En este sentido, la sentencia, con fecha 10 de septiembre de 2012, condena al responsable esta empresa como autor de un delito contra la propiedad industrial tipificado en el artículo 274.3 del Código Penal.

La sentencia condena al responsable de esta entidad a una pena de prisión de 6 meses, así como a una multa de 2.160 euros. Además, se trata de una sentencia firme, por lo que no es posible ningún recurso contra ella. 

El proceso judicial que ha desembocado esta sentencia fue iniciado tras la denuncia presentada por la entidad Gestión de Licencias Vegetales, A.I.E (GESLIVE), junto S.A. MARISA, ante el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Comandancia de la Guardia Civil de Valladolid. 


Variedades vegetales protegidas

La reproducción y producción no autorizada de material de reproducción de variedades vegetales protegidas de cereal constituye un grave problema en las zonas cerealistas. Este fraude masivo tiene graves consecuencias para los obtentores de nuevas variedades vegetales, a los que se están causando pérdidas multimillonarias cada año.

El conjunto del sector agrícola también se ve enormemente afectado, pues constituye una grave competencia desleal para la totalidad de los productores autorizados, así como a los agricultores que han adquirido esas partidas de semilla. 

De esta forma, y al ser producidas clandestinamente al margen del sistema oficial de control y certificación, no existe ninguna garantía de que la semilla vendida pertenezca verdaderamente a las variedades que se indican, de su pureza varietal o de sus condiciones fito-sanitarias.

Tras la modificación efectuada en el Código Penal, por la Ley 15/2003 de fecha 25 de noviembre, la explotación no autorizada de variedades vegetales protegidas constituye un delito castigado hasta con dos años de prisión.

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