miércoles, 12 de septiembre de 2012
Un país no puede prohibir el cultivo de un OMG autorizado según el Tribunal de Justicia
El Tribunal de Justicia de Luxemburgo ha emitido una sentencia en la que señala que el cultivo de organismos modificados genéticamente (OMG), cuya siembra está autorizada en la UE, como es el caso del maíz MON 810, no puede supeditarse a un procedimiento nacional de autorización. Además, añade que los Estados miembros no pueden oponerse de manera general al cultivo en su territorio de tales OMG, a la espera de que se adopten medidas de coexistencia destinadas a evitar la presencia accidental de OMG en otros cultivos.
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