martes, 12 de noviembre de 2013

UCCL critica que los ganaderos deban adelantar las ayudas a la crisis del sector


Culpan a las administraciones del retraso de las anualidades de 2011 y 2012 a este año

11/11/2013


UCCL critica que los ganaderos deban adelantar las ayudas a la crisis del sector

Aunque para la UCCL no resulte "lo más lógico" que la ayuda institucional, en concepto de bonificación de los intereses correspondientes a los préstamos ganaderos suscritos el año 2008, se abone después de finalizado el período de amortización, ha criricado en un comunicado que ello es debido a que las Administraciones competentes han retrasado los pagos de las anualidades de 2011 y 2012 hasta 2013 y siguientes Sin embargo, esta Organización sugiere a los ganaderos afectados a que procedan, en el plazo establecido al efecto (30 días desde la recepción de la notificación), a suscribir el escrito de aceptación de subvención directa concedida por Orden de 7 de octubre de 2013, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, "lo que supone, desde nuestro punto de vista, que dicho colectivo haya tenido que adelantar la cantidad objeto de ayuda institucional". La UCCL demanda una reunión institucional para clarificar la situación creada.

    Según señala en su nota la organziación agraria, el aumento de costes de producción en el sector ganadero debido al notable incremento de los precios de las materias primas y la imposibilidad de repercutir este incremento en el valor de venta de los productos finales obtenidos en gran parte de estas actividades, ha provocado que la gran mayoría de las explotaciones ganaderas de Castilla y León hayan visto mermados considerablemente sus ingresos.

   Esta situación de crisis hizo necesario implantar medidas de apoyo extraordinario que ayuden a las explotaciones ganaderas a paliar tales desequilibrios evitando la pérdida de competitividad y garantizando su viabilidad, entre las que se encuentra, las ayudas destinadas a la bonificación de intereses en préstamos formalizados por los titulares de explotaciones ganaderas de Castilla y León.

   De la medida antes reseñada, cabe indicar, en particular, la duración del préstamo: cinco años, siendo el primero de carencia, abonando en el primer año los intereses devengados sin que proceda amortización del principal (el período de amortización concluye el año 2013), o siete años, siendo los tres primeros de carencia, abonando durante los años de carencia los intereses devengados sin que proceda amortización del principal (el período de amortización concluye el año 2015), indicar que no todos los ganaderos, pudieron acogerse a la última opción, debido a las dificultades que las entidades financieras manifestaron para que los ganaderos interesados pudieran acogerse a los cambios introducidos, en lo referido al período de carencia y período de amortización.

   Debido a los cambios normativos posteriores (7 años de amortización y 3 de carencia), y ante la notificación de concesión de la  subvención directa que, en las últimas fechas, están recibiendo los titulares de explotaciones ganaderas de Castilla y León, por la ampliación del período de carencia de los préstamos ganaderos suscritos de conformidad con la Orden AYG/347/2008.

No es lógico que la bonificación de los intereses se abonen tras su amortización

    La Unión de Campesinos de Castilla y León  cree que" no resulta lo más lógico que la ayuda institucional, en concepto de bonificación de los intereses  correspondientes a los préstamos ganaderos suscritos el año 2008, se abone después de finalizado el período de amortización. Esta circunstancia obedece a que las Administraciones implicadas (Ministerio y Consejería de Agricultura) no han abonado la bonificación total de los intereses correspondientes a las anualidades 2011 y 2012, importes que se abonarán durante los años 2013 y 2014, lo que supone que los ganaderos reciban tales ayudas dos años, 2016 y 2017, después de la amortización del préstamo en cuestión (2015), lo que, desde nuestro punto de vista, pueda resultar más grave, que los ganaderos acogidos a dicha medida hayan tenido que adelantar los importes de los intereses de los préstamos suscritos".

   Sin embargo, esta Organización sugiere a los ganaderos afectados a que procedan, en el plazo establecido al efecto (30 días desde la recepción de la notificación), a suscribir el escrito de aceptación de subvención directa concedida por Orden de 7 de octubre de 2013, de la Consejería de Agricultura y Ganadería, "con la finalidad de que, aunque con retraso, puedan percibir el importe de la ayuda institucional en concepto de bonificación de intereses, al objeto de clarificar tal situación, la UCCL demanda una reunión institucional para clarificar la situación creada".

agroinformacion.com

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