viernes, 27 de septiembre de 2013

Aprobado el Proyecto de Ley Agraria de Castilla y León por el Consejo de Gobierno

27/9/2013

Nota de la Junta de Castilla y Léon

El Consejo de Gobierno de Castilla y León aprobó ayer el Proyecto de Ley Agraria para su Comunidad Autónoma. Se trata de una iniciativa de la Consejería de Agricultura y Ganadería. Esta es la primera Ley Agraria de Castilla y León y sus principales objetivos son, entre otros, regular un sector estratégico, impulsar la incorporación de jóvenes, regular las explotaciones para que sean más competitivas y preservar la riqueza agraria de otras infraestructuras o actividades.

El proyecto de Ley Agraria se estructura en cinco libros -desarrollados en 209 artículos-, y en el primero de ellos se establece una serie de actuaciones transversales básicas para el futuro de los sectores agrario y agroalimentario, como son la incorporación de jóvenes, el reconocimiento y fomento del papel de la mujer y la investigación, el desarrollo y la innovación.


Política de igualdad, rejuvenecimiento del sector e I+D+i

La norma considera fundamental tanto para asegurar el futuro del sector agrario como para el desarrollo económico y la vertebración territorial de las zonas rurales llevar a cabo una política activa dirigida a dos grupos, los jóvenes y las mujeres. 

Además de las actuaciones que se vienen desarrollando para la incorporación de jóvenes, la norma establece medidas novedosas dirigidas a rejuvenecer el sector como la creación de un fondo de tierras disponibles o la prioridad en el acceso a los recursos agropecuarios locales.

La presencia de las mujeres no se queda sólo en promocionar la titularidad compartida de las explotaciones sino en fomentar la posibilidad de que se conviertan en propietarias o titulares exclusivas de las explotaciones. Para ello se incluyen dos nuevas actuaciones dirigidas a promover y favorecer la igualdad real y efectiva y la participación de la mujer en el sector agrario: concretamente, el acceso a la titularidad exclusiva de la explotación agraria y la integración como socio en una entidad asociativa titular de una explotación agraria.

Respecto a I+D+i se crea la Estrategia regional agraria y agroalimentaria de I+D+I, como figura de planificación y estableciendo como objetivo principal de la actividad investigadora, el de responder a los retos científicos y tecnológicos a los que se enfrentan los sectores agrario y agroalimentario.


LAS CONDICIONES DE LA PRODUCCIÓN AGRARIA

La nueva ley busca responder a la necesidad de instaurar un marco básico para las condiciones de la producción agraria en Castilla y León, tanto desde el punto de vista de la explotación agraria, como las infraestructuras, proyectos agrarios, la regulación de los recursos agropecuarios locales y protección y lucha contra plagas que afectan a estas explotaciones.


Registro de Explotaciones 

La nueva normativa para el sector agrario de la Comunidad crea por primera vez un registro único en materia de explotaciones agrarias, unificando los actuales 35. Se configura como un servicio público y gratuito y la inscripción de las explotaciones agrarias en él será obligatoria. Permitirá a la Administración disponer de información homogénea y unificada que facilite su toma de decisiones y la gestión de las actuaciones destinadas al sector agrario. Además permitirá reducir la carga burocrática ya que, una vez sus explotaciones estén inscritas en el Registro, no tendrán que presentar nuevamente la documentación en cualquier procedimiento administrativo que tengan que realizar.


Concentración parcelaria

La Ley Agraria de Castilla y León modifica también el actual régimen jurídico de la concentración parcelaria cambiando sustancialmente su regulación y aclarando y simplificando su procedimiento. Se establecen dos tipos de concentraciones parcelarias: aquéllas que conllevan además la ejecución de infraestructuras, y aquellas otras que tienen como única finalidad la reordenación de la propiedad.

Se incorpora por primera vez la posibilidad de instar y ejecutar procedimientos de concentración parcelaria con origen en la iniciativa privada y en la financiación, se instaura, también como novedad, un sistema basado en la colaboración público/privada.


Planes de Ordenación de Zonas de Especial Interés Agrario

Los Planes de Ordenación de Zonas de Especial Interés Agrario son otra de las novedades incluidas en la Ley. Estos tienen por objeto ordenar y regular las actividades agrarias sobre el conjunto o partes de la Comunidad. Serán planes vinculantes en su ámbito sectorial de aplicación para otras actuaciones de las Administraciones Públicas y de los particulares.


Fondo de Tierras Disponibles 

La norma establece la creación de este Fondo como un instrumento que facilite la puesta en contacto entre la oferta y la demanda de parcelas rústicas, cultivadas o cultivables. Este fondo permitirá poner en valor tierras abandonadas, asegurar la continuidad de las explotaciones agrarias y promover la incorporación de los jóvenes y las mujeres al sector agrario. Dentro de la procedencia de las parcelas se destaca aquellas de agricultores que hayan optado por ayudas a la prejubilación y así lo soliciten y las masas comunes y fincas sobrantes en las concentraciones parcelarias.


Recursos agropecuarios locales 

Se realiza una profunda reforma, con el objetivo último de adaptar el ordenamiento a la realidad existente, dando cabida a nuevas situaciones que requieren de regulación, y mejorando las estructuras y fórmulas de aprovechamiento.

En concreto la Ley Agraria modifica el sistema de adjudicación de los aprovechamientos sometidos a ordenación común, estableciéndose un nuevo régimen de prioridades en el acceso a dichos recursos, primando a los jóvenes agricultores, a las explotaciones agrarias prioritarias y a los ganaderos profesionales.


Lucha contra plagas agrícolas y enfermedades animales

El Proyecto de Ley aprobado hoy por el Consejo contiene también una novedosa regulación de la lucha contra las plagas agrícolas y las enfermedades de los animales, definiendo sus objetivos estratégicos, estableciendo la planificación y la programación como instrumentos de ejecución de las políticas y actuaciones de la Administración de la Comunidad en esta materia de protección, y determinando el procedimiento de declaración oficial de plaga agrícola y de epizootia.

Además, se incluye el impulso a la investigación aplicada y el desarrollo biotecnológico, orientados a garantizar una adecuada capacidad de respuesta para la protección y lucha contra las plagas agrícolas y epizootias.


CALIDAD DIFERENCIADA Y COMERCIALIZACIÓN

Desde el incuestionable valor y potencial de la Comunidad en productos agroalimentarios de calidad diferenciada, la Ley cuyo Proyecto se aprobó hoy dedica otro de sus libros, el tercero, a mejorar la regulación de la calidad diferenciada y de la comercialización de los productos agroalimentarios.

Además se dedica un capítulo específico para la marca de garantía "Tierra de Sabor", dándole por primera vez a la misma reconocimiento con rango de Ley, y recogiendo expresamente su incuestionable vinculación con la producción primaria de Castilla y León, al proceder la materia prima sustantiva con la que se elaboran los productos amparados por la marca de explotaciones agrícolas y ganaderas de Castilla y León y al ser transformada en industrias agroalimentarias de la región, facilitando su comercialización y aportando mayor valor añadido a la producción agroalimentaria de esta Comunidad.


Comercialización

La Ley fomenta el arbitraje y la mediación en el ámbito de los contratos agrarios, articulando herramientas dirigidas a mejorar el equilibrio de la distribución de costes y beneficios en la cadena de valor de los productos agroalimentarias.

Para ello, se regula por primera vez en Castilla y León la figura de "mercado de productos agrarios en origen" (lonjas) y se impulsa la inclusión de cláusulas en los contratos agrarios que permitan la resolución de las controversias que pudieran originarse en el cumplimiento de tales contratos, mediante fórmulas alternativas como el arbitraje o la mediación.


Defensor de la cadena alimentaria 

El proyecto de Ley contempla esta figura como un instrumento para controlar y denunciar las posibles prácticas abusivas y la emisión de dictámenes sobre cualquier cuestión relativa a las relaciones contractuales entre productores y compradores, velando por el mantenimiento de un precio que cubra al menos los costes de producción.

Esta figura velará por el equilibrio de la cadena alimentaria y podrá elevar a los órganos que corresponda las recomendaciones que estime oportunas relacionadas con las materias objeto de su competencia.

Asímismo, se crea la Junta de Arbitraje como órgano de naturaleza arbitral competente para resolver todas las cuestiones litigiosas relacionadas con la aplicación de los mismos.

Además la norma instaura las Organizaciones interprofesionales Agroalimentarias para sectores estratégicos para la Comunidad con el fin de lograr un equilibrio en la cadena de valor, de forma que los productores puedan obtener precios que les permitan cubrir sus costes de producción.


Cooperativismo

La Ley Agraria reconoce el movimiento cooperativo agrario como canal de participación de los productores agrarios en los procesos de producción y transformación y comercialización de sus productos con el objetivo de incrementar el nivel de renta en el medio rural. Además se establecen los principios básicos que deben regir el cooperativismo agrario en la Comunidad dirigidos a impulsar el dimensionamiento de las entidades asociativas y a favorecer la integración.


PARTICIPACIÓN, INTERLOCUCIÓN Y ÓRGANOS CONSULTIVOS

Desde la importancia que desde el Gobierno autonómico se le ha dado siempre al diálogo y la interlocución con el Sector, y reafirmando así lo que es uno de los compromisos para esta legislatura -intensificar el diálogo y abrir espacios de consenso con los verdaderos protagonistas del sector- la Ley Agraria reconoce expresamente a las organizaciones profesionales agrarias como el cauce formal de interlocución y participación del sector agrario en la planificación y desarrollo de la política agraria, regulando la representatividad de mismas.

Además se establecen los órganos consultivos en materia agraria y agroalimentaria: el Consejo Agrario de Castilla y León, los Consejos Agrarios Provinciales, el Comité Asesor Agroalimentario de Castilla y León, el Comité de Cooperativismo Agrario de Castilla y León y las Mesas Sectoriales. El Quinto y último Libro de la Ley Agraria de Castilla y León se dedica a regular las infracciones y sanciones en el sector.

TRAMITACIÓN

Desde que se presentó el pasado mes de febrero al Consejo de Gobierno, el anteproyecto de Ley Agraria se publicó en Internet a través del Gobierno Abierto, para su conocimiento público; se presentó en el Consejo Regional Agrario, para que el sector pudiera realizar las aportaciones necesarias; se dio audiencia a todos los sectores y entidades interesadas; y ha sido informado por el Consejo Económico y Social y por el Consejo Consultivo. Durante este periodo transcurrido entre la presentación del anteproyecto de Ley Agraria de Castilla y León y su aprobación hoy en Consejo de Gobierno se han recibido y considerado más de 300 aportaciones redactadas por 81 instituciones, algunas de las cuales se han incorporado al texto final, contribuyendo así a mejorar el texto inicial, recogiendo en él las más importantes inquietudes del sector.

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