viernes, 25 de octubre de 2013

Acordadas las medidas transitorias para la PAC 2014

24/10/2013

Ayer el Consejo y el Parlamento Europea llegaron a un acuerdo sobre las medidas transitorias para la PAC durante 2014. El objetivo de estas medidas es facilitar el paso del régimen de PAC que ha funcionado hasta ahora y el que funcionará hasta 2020. Además, estas medidas de transición permitirán la continuidad de diversas formas de apoyo en la nueva PAC. Los principales elementos del acuerdo de ayer se discutieron en el Trílogo informal celebrado el pasado 17 de octubre. 

Para los pagos directos y el desarrollo rural, las nuevas normas de la PAC reformada se empezarán a aplicar a partir del 1 de enero de 2015,. El objetivo es dejar suficiente tiempo a las agencias pagadoras para que puedan implementar la nueva normativa, así como para que los Estados miembro tengan suficiente tiempo para que puedan informar adecuadamente a los productores sobre las nueva PAC. 

En la PAC de 2014, se aplicaran las mismas normas que han estado vigentes hasta ahora. No obstante, las medidas transitorias aprobadas permiten la aplicación de ciertos elementos de la nueva PAC ya en 2014, como es la posibilidad de transferir fondos entre los dos pilares y la asignación de los pagos redistributivos a los pequeños productores.

También en 2014, los estados miembros podrán incrementar la tasa máxima de apoyo a los pagos acoplados hasta 6,5% del sobre nacional (frente al 3,5% actual).

Consejo y Parlamento también han acordado flexibilidad en la aplicación de cualquier corte lineal que pudiera ser necesario para respetar los techos nacionales en 2014. Para ello, se permitirá a los Estados miembro que puedan exceptuar de dichas reducciones lineales a los productores cuyos pagos directos se encuentren por debajo de cierto umbral fijado por los Estados miembro, con un máximo de 5.000 euros.

También se ha acordado que en 2014 se prorrogue el régimen de apoyo a los jóvenes agricultores.

Se espera que antes de final de año, las medidas transitorias se voten en el Pleno del Parlamento Europeo y que se adopte en primera lectura por el Consejo. 

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